NUEVA REFORMA EN MATERIA DE PROCEDIMIENTO Y JUSTICIA ADMINISTRATIVA: LA OPCIÓN DE CELEBRAR CONVENIOS.
El pasado 27 de septiembre de 2025, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Colima, el decreto a través del cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Colima y sus municipios, así como la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Colima.
La iniciativa de reforma fue presentada por las magistradas y magistrados que integran el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Colima, con el propósito de armonizar el marco normativo con las últimas reformas en la materia, optimizar la organización del propio Tribunal y, perfeccionar la regulación de los juicios que son de su competencia.
Desde hace algunos años, el Estado mexicano ha mostrado la tendencia y el compromiso de construir un marco legal que facilite a las personas el acceso a la justicia alternativa. Esto se debe a que la justicia alternativa permite que las partes expresen directamente sus intereses y necesidades, lo cual reduce la saturación de los tribunales y mejora la percepción ciudadana sobre el acceso y la impartición de justicia.
La reforma en cuestión tiene el propósito de incorporar la justicia alternativa en el ámbito administrativo, con el fin de que las partes (ciudadanos y autoridades) en un procedimiento contencioso-administrativo puedan solucionar su controversia evitando las complicaciones y dilaciones propias de un juicio ordinario.
La Ley de Justicia Administrativa reformada permite que las partes celebren un convenio en cualquier etapa previa a la sentencia del juicio contencioso-administrativo. Estos acuerdos pueden referirse al pago de prestaciones económicas, el cumplimiento de obligaciones o la ejecución de obras y servicios.
Dicho convenio, que no requiere mayor formalidad, debe ser sometido al Tribunal para su validación e integración al expediente, siendo obligatoria la comparecencia y ratificación de su contenido y firmas por parte de los involucrados.
Es crucial notar que el convenio no tendrá validez legal si contraviene el ordenamiento jurídico, afecta derechos de terceros, o si se refiere a asuntos que, por su interés público o mandato legal, están excluidos de la transacción entre particulares y la administración. Asimismo, la autoridad debe verificar la viabilidad técnica y financiera antes de suscribirlo.
Una vez validado, el acuerdo adquiere la fuerza de una sentencia ejecutoriada, con efectos de cosa juzgada. Su ejecución se regirá por los términos pactados en el mismo convenio y, subsidiariamente, por las reglas de ejecución de sentencias de la propia Ley de Justicia Administrativa.
Tomemos como ejemplo uno de los casos más frecuentes en la justicia administrativa de Colima: los conflictos generados por la prestación de servicios de los elementos policiacos. La reforma permitirá resolver estas disputas administrativas de manera más ágil y efectiva.
Desde Ramsés Solórzano Abogado, extendemos un rotundo apoyo a esta reforma, reconociendo su potencial para mejorar sustancialmente el acceso a la justicia administrativa en el Estado de Colima.